Ciudad de México. La Comisión de Quejas y Denuncias del Instituto Nacional Electoral (INE) ordenó la eliminación de contenidos en redes sociales relacionados con las mañaneras del 15 y 21 de mayo, al considerar que incluyen propaganda gubernamental.
El Partido Acción Nacional (PAN) presentó cuatro denuncias en contra del Titular del Ejecutivo Federal, del secretario de Salud, del titular de la Procuraduría Federal del Consumidor (PROFECO) y del Director del Instituto Mexicano del Seguro Social (IMSS) por las manifestaciones realizadas en las mañaneras del 15, 20, 21 y 24 de mayo, respectivamente, con las que, a decir del quejoso, se interviene en el Proceso Electoral Federal actual y se difunde propaganda gubernamental en periodo prohibido.
Al respecto, la comisión determinó que por cuanto hace a publicaciones en la red social X y Facebook relacionadas con la mañanera del 15 de mayo, sí procede la medida cautelar, ya que pueden constituir propaganda gubernamental difundida en periodo prohibido, al señalar logros de gobierno.
Respecto a una publicación en la red social X de la mañanera del 21 de mayo, la Comisión también determinó que es procedente la adopción de la medida cautelar porque se advirtió que en ésta se emiten manifestaciones que podrían constituir difusión de propaganda gubernamental en periodo prohibido, al destacar logros de gobierno en materia de salud.
Sin embargo, por los contenidos de las conferencias del 20 y 24 de mayo, resolvió que es improcedente la adopción de la medida cautelar, pues ya no están disponibles para su consulta.
Esta comisión señaló procedente la tutela preventiva para el director del IMSS, por advertirse “una situación fáctica objetiva que revela la comisión de conductas posiblemente antijurídicas, cuya continuación o repetición debe evitarse en el futuro”.
Sobre el incumplimiento a medidas cautelares, uso indebido de recursos públicos, supuesto beneficio en favor del partido Morena y la solicitud de medidas de reparación, se consideró que es un tema que deberá ser analizado por la Sala Regional Especializada del Tribunal Electoral del Poder Judicial de la Federación (TEPJF) al resolver el fondo del asunto.
Germán Martínez debe suspender su participación en programa de radio
Morena presentó denuncia en contra de Germán Martínez Cázares, candidato a Diputado Federal por el principio de Representación Proporcional por la Quinta Circunscripción, postulado por el PAN, por la presunta adquisición de tiempo en radio y de cobertura informativa, derivado de su participación como colaborador en el programa de radio denominado “Ciro Gómez Leyva por la mañana”.
La Comisión resolvió que es procedente la adopción de la medida cautelar, pues se advirtió una posible sobreexposición del candidato denunciado, lo cual podría implicar una adquisición de tiempo en radio, contraviniendo el principio de equidad en la contienda electoral; por lo anterior, se ordenó al candidato suspender de inmediato sus intervenciones en el programa denominado “Ciro Gómez Leyva por la mañana”, mientras se desarrolla el periodo de reflexión y la Jornada Electoral del Proceso Electoral Federal 2023-2024.
Gálvez deberá retirar pintas en la Álvaro Obregón
Una persona que solicitó la protección de sus datos denunció a Xóchitl Gálvez Ruiz, candidata a la Presidencia de la República, por la pinta de bardas con la leyenda #XóchitlVa, seguido de un corazón con una «X», en diversas paredes de instancias de gobierno de la Ciudad de México.
A pesar de que la abanderada de la oposición negó su autoría, la colocación de las pintas en bardas sí le pudieran generan un beneficio indebido, toda vez que, es un hecho público y notorio que dicha candidata ha utilizado el hashtag #XóchitlVa para distinguir su publicidad, aunado a que su colocación en espacios públicos pudiera afectar la equidad en la contienda del presente Proceso Electoral 2023-2024.
En este sentido, la candidata presidencial deberá realizar las acciones necesarias para eliminar las pintas de las bardas colocadas en los sitios posesión del Sistema Aguas de la Ciudad de México y Taludes, así como cualquier otra de contenido similar que se encuentre en espacios del dominio público.
Respecto a las pintas de barda colocadas en lugares privados, se consideró que es improcedente ordenar su retiro, porque, bajo la apariencia del buen derecho, su colocación y difusión es legal.
Sobre el uso indebido de recursos públicos, se consideró que es un tema que deberá ser analizado por la Sala Regional Especializada del TEPJF al resolver el fondo del asunto.